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D-101 simplificada para sociedades inactivas

La declaración del D-101 Simplificada para entidades jurídicas (sociedades) inactivas, ya está habilitada en la plataforma de ATV, por lo tanto a más tardar el 15 de marzo de este año debe presentarse los períodos 2020 y 2021.

Solo debe llenarse la parte correspondiente a Activos, Pasivos y Patrimonio, por lo que es indispensable darle una valoración a los activos que estuvieran inscritos en Registro Nacional Público a nombre de la sociedad INACTIVA.  Puede utilizarse también el valor asignado a cada bien por la municipalidad del cantón donde esté el bien.

Para esta valoración nos podemos basar en el Mapa de Valores de Costa Rica y en Tipología Constructiva, en lo relacionado con bienes inmuebles.  Si son bienes muebles podríamos utilizar otras plataformas de internet.

Si tiene vehículos sugerimos utilizar el valor fiscal que le asignó el Ministerio de Hacienda para el cobro del Derecho de Circulación.

Si se tienen valores en dinero efectivo moneda nacional o moneda extranjera, se supone que debe tenerlos inscritos en el Ministerio de Hacienda con actividades de RENTAS DE CAPITAL MOBILIARIO, pero si no le estuvieran generando ningún ingreso, entonces debe reportarlos en el D-101 sin actividad alguna.

 

 

Lic. Eddie Campos Alpízar

Asesor Contable, Financiero y Tributario

Representación ante el Ministerio de Hacienda

Tel. 8325-6529

San Ramón, Alajuela

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