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D-101 EN PERSONAS JURÍDICAS INACTIVAS.

Con límite al 15 de marzo del 2022 las entidades jurídicas que no tengan condición de ACTIVAS, es decir que son INACTIVAS, (según la definición encontrada en el inciso e del artículo 7 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta 7092) tienen la obligación de presentar una declaración jurada en el que se detalle el monto de los Activos, Pasivos y el Patrimonio que posea la empresa con corte al 31 de diciembre del 2021. También tendrán que presentar declaración del período fiscal que finalizó el 31 de diciembre del 2020, ambas tienen la misma fecha límite de presentación.

Hemos de indicar que solamente el primer bloque del D-101 es lo que debe incluirse en la declaración, Activos, pasivos y patrimonio.  Por lo que la información restante del D-101 no va a aparecer, porque no tiene ningún requisito de llenarse ya que la entidad no tiene ninguna actividad lucrativa.

La entidad debe estar inscrita en la plataforma de ATV Administración Tributaria Virtual, bajo el código 960113 Persona Jurídica Legalmente Constituida, además de tener actualizados los datos de domicilio fiscal, teléfonos, correo y otros datos que se solicitan cuando se llena el D-140 para modificación de datos o para inscripción; tanto para el representante legal como para la sociedad.

Según manifiesta el incido 2 del artículo 2 de la resolución DGT-R-075-2019 la información sobre activos, pasivos y patrimonio debe hacerse atendiendo las NIIF Normas Internacionales de Información Financiera, por lo que es importante destacar que debe utilizase la NIIF 13 Medición del Valor Razonable. Misma norma define valor razonable en su párrafo 9 como el precio que sería recibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de la medición.

En un comentario posterior nos referiremos a términos incluidos en el Marco Conceptual de las NIV Normas Internacionales de Valuación como pueden ser: Precio, Costo, Valor. Entraremos también en enfoques o métodos de valoración que pueden utilizarse, tipos de activos a valorar, estado real del activo que pretende valorarse, el mercado, venta libre, venta forzada, el mayor y mejor uso del bien a valorar.

 

Lic. Eddie Campos Alpízar

ecampos@grupoevcr.com

Móvil 506-8325-6529

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